Reglamentación Mercado Integrado Latinoamericano

Como ya se sabe está en marcha la implementación del Mercado Integrado Latinoamericano entre la Bolsa de Valores de Lima, la Bolsa de Valores de Bogotá y la Bolsa de Valores de Santiago. Ponemos a conocimiento algunos alcances de su reglamento, el mismo que tiene por objeto establecer las condiciones, requisitos, obligaciones y aspectos operativos exigibles para el funcionamiento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado.
El Enrutamiento Intermediado es aquel que se origina por la suscripción de convenios de integración entre la Bolsa de Valores de Lima y CAVALI S.A. ICLV con las entidades administradoras de sistemas de negociación extranjeros y las respectivas centrales de depósito de valores, con la finalidad de realizar la oferta secundaria y la intermediación de los valores transados en los sistemas de negociación conducidos por dichas entidades en los países donde éstas han sido autorizadas a operar, así como permitir el acceso de los intermediarios autorizados a operar en alguno de los referidos sistemas de negociación, a través del Enrutamiento Intermediado, en los otros sistemas de negociación.
El presente reglamento comprende los procesos que se detallan a continuación y las personas que intervienen en ellos:

  • Funcionamiento del Enrutamiento Intermediado.
  • Inscripción de valores extranjeros en el Registro Público del Mercado de Valores de conformidad con lo señalado en el presente reglamento.
  • Mecanismo para poner a disposición del mercado local, la información relevante de emisores de valores extranjeros.
  • Acceso de intermediarios extranjeros a la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima.
  • Régimen del Representante Especial.
  • Funciones y responsabilidades de la Bolsa de Valores de Lima.
  • Funciones y responsabilidades de CAVALI S.A. ICLV.
  • Infraestructura operativa y soporte tecnológico.
  • Obligaciones de suministro de información al mercado y a CONASEV.
  • Registro y custodia de valores negociados en el Mercado Integrado a través de Enrutamiento Intermediado.
  • Compensación y liquidación de operaciones realizadas en el Mercado -Integrado a través del Enrutamiento Intermediado.

El presente reglamento no establece obligaciones o responsabilidades para los emisores de valores extranjeros que como consecuencia del funcionamiento del Mercado Integrado se inscriban en el Registro Público del Mercado de Valores, los cuales se rigen por la legislación aplicable al país donde opera el sistema de negociación extranjero en el cual se negocie su valor originalmente.

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