Garantizar tu protección y asegurar la tranquilidad económica de tu familia es un asunto que no debes tomar a la ligera. Con el Seguro Crece Emprendedor del Banco Financiero obtendrás una póliza que te cubrirá en caso de incapacidad total temporal a causa de algún accidente. Y si faltas, el seguro cubrirá los gastos de sepelio, brindándole a tu familia la tranquilidad de despreocuparse por estos trámites en ese momento tan difícil.
Características del Seguro Crece Emprendedor
- Este seguro ofrece cobertura a la vida del asegurado. En caso de fallecimiento, cubre el servicio de sepelio del asegurado.
- En caso de que el asegurado sufra un accidente y, como consecuencia, quede en estado de incapacidad total temporal otorga al asegurado una renta diaria hospitalaria y una renta mensual por descanso no hospitalario. De esta manera, garantiza la tranquilidad de su familia frente a estos casos.
- El seguro tiene vigencia de 1 año a partir del desembolso.
Requisitos
Para acceder al Seguro Crece Emprendedor, el cliente debe tener un préstamo Microfinanzas con el Banco Financiero. Solo aplica para personas naturales.
Coberturas
Plan 1: Para créditos menores o iguales a S/ 2.000
- Prima del cliente: S/ 27.
Muerte, natural o accidental. Servicios de Sepelio:
- Trámites de Sepelio.
- Ataúd de madera, Capilla ardiente.
- Traslado, conducción e instalación del servicio.
- Nicho de cremación en cualquier camposanto del Perú (hasta S/ 2.000).
- Asistencia legal vía telefónica.
Incapacidad Total temporal (ITT) por accidente. Renta diaria hospitalaria:
- S/ 50 diarios.
- Deducible: Primer día de hospitalización.
- Máximo: 120 días.
Incapacidad Total temporal (ITT) por accidente. Renta mensual por descanso no hospitalario:
- Renta de S/ 150 (cada una).
- Carencia: 60 días.
- Se paga una renta mensual por cada 30 días de descanso no hospitalario.
- Máximo de 3 rentas consecutivas.
Plan 2: Para créditos mayores a S/ 2.000
Tiene una Prima de S/ 70. Se cubren los mismos servicios en cada caso, con la diferencia que la Renta diaria hospitalaria cubre S/ 100 diarios, y la Renta mensual por descanso no hospitalario es de S/ 300 por mes.
En ambos casos, se otorgará un beneficio por asegurado (coberturas excluyentes). Es decir, si validas el seguro por incapacidad total temporal a causa de un accidente, se considerará aplicada la cobertura del Seguro y no podrá usarse en caso de fallecimiento.
Principales exclusiones
No se pagará la suma asegurada cuando la muerte (natural o accidental) o la incapacidad total temporal por accidente, ocurra como consecuencia de:
- Preexistencia: condición de salud diagnóstica por un médico colegido, antes de la contratación del seguro, y que es de conocimiento del asegurado.
- Lesiones sufridas en acción militar, policial o de resguardo.
- Participación directa o indirecta del asegurado en actos negligentes, ilegales, que transgredan normas reglamentarias o constituyan delito. (Esta exclusión no aplicará para la cobertura de muerte).
- Práctica de deportes extremos, deportes de contacto físico, competición de vehículos de cualquier naturaleza y actividades temerarias o peligrosas.
- Uso voluntario de alcohol (por encima del límite legal vigente), drogas o sustancias tóxicas en caso de un accidente de tránsito.
- Lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento (aplica solo a la cobertura de incapacidad total).
Consideraciones adicionales
- Para recibir la indemnización por renta hospitalaria, el asegurado deberá acercarse a cualquier agencia del Banco Financiero y presentar los documentos obligatorios indicados por el Funcionario.
- Para hacer uso de la asistencia de sepelio, algún familiar del asegurado deberá comunicarse con Crecer Seguros por teléfono al 01-4174400 (Lima) o al 0801-17440 (Provincias), de manera que se pueda coordinar el servicio de sepelio.
Para más información visita: www.financiero.pe, o dirígete a cualquier agencia del Banco Financiero.
